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Ica: retiran a estudiante por acudir ebrio a la Universidad Nacional San Luis Gonzaga

Joven acudió a la casa de estudios de Ica casi cayéndose y tuvo que ser intervenido por el personal de seguridad de la UNICA y expulsarlo de la ciudad.

Ica: retiran a estudiante por acudir ebrio a la Universidad Nacional San Luis Gonzaga - Ica
Ica: Estudiante acudió en estado de ebriedad a la Universidad Nacional San Luis Gonzaga. (Video: Voces Estudiantiles de la UNICA)

Un estudiante de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga (UNICA) de Ica fue expulsado de las instalaciones tras presentarse en evidente estado de ebriedad. El incidente ocurrió en la facultad de Ciencias, generando incomodidad entre estudiantes y personal de la casa de estudios.

El joven, quien no fue identificado públicamente, fue retirado por personal de seguridad desde la facultad hasta las puertas principales del campus. Pese a esto, intentó volver a ingresar de manera insistente, siendo finalmente impedido por los agentes de seguridad.

Testigos del hecho señalaron que la conducta del estudiante resultó inapropiada para el entorno académico. Autoridades universitarias recalcaron que la institución es un lugar dedicado exclusivamente a la formación profesional y no tolerará este tipo de comportamientos.

#LOULTIMO 📌Estudiante termina en estado de ebriedad dentro de nuestra casa de estudios🤦‍♂️. 👈 📌Nos informan que fue retirado desde la facultad de ciencias hasta las puertas de la UNICA, quiso volver a ingresar de manera muy terca pero gracias a los seguridades de la entrada de la Uni, no le accedieron el ingreso. Y recuerden, la UNICA es una casa de estudios no un bar.

Publicado por Voces Estudiantiles de la UNICA en Viernes, 24 de enero de 2025

Qué dicen las normas respecto a estudiantes en estado de ebriedad

La Ley Universitaria, en su artículo 101, establece que los estudiantes que incumplan sus deberes, incluyendo la conducta inadecuada como presentarse en estado de ebriedad, deberán ser sometidos a un proceso disciplinario. Las sanciones incluyen: amonestación escrita, separación hasta por dos periodos lectivos y separación definitiva, dependiendo de la gravedad de la falta y bajo la responsabilidad del órgano de gobierno correspondiente.

El Estatuto de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica reafirma en su artículo 172 que los estudiantes tienen el deber de respetar las normas internas, usar las instalaciones únicamente para fines académicos y evitar cualquier conducta que atente contra el principio de autoridad o la integridad de la comunidad universitaria. Además, se considera una falta grave cualquier acto inmoral o reprensible que vulnere la ética universitaria.

El proceso disciplinario es regulado por el Tribunal de Honor Universitario, que propone las sanciones al Consejo Universitario. Este último actúa en última instancia, según lo dispuesto en los artículos 684 y 685 del Estatuto, asegurando que las medidas aplicadas sean proporcionales a la gravedad del hecho.