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Comunidad Andina determina que el Perú vulneró normas regionales al mantener un sistema que protege la minería ilegal y agrava la contaminación amazónica

El 6 de octubre, la Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN) emitió el Dictamen N.º 007-2025, donde...

Comunidad Andina determina que el Perú vulneró normas regionales al mantener un sistema que protege la minería ilegal y agrava la contaminación amazónica. (Comp:lalupa).
09/10/2025 12:41

El 6 de octubre, la Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN) emitió el Dictamen N.º 007-2025, donde concluye que el Perú ha incumplido múltiples disposiciones de la normativa comunitaria destinadas a combatir la minería ilegal y el tráfico de mercurio. La decisión responde a una denuncia presentada en junio por la Coordinadora de Comunidades Nativas y Campesinas de la Cuenca del Nanay (CONACCUNAY) y siete ciudadanos de Loreto. En ella, alertaron sobre los graves impactos del oro ilegal en la Amazonía norte, como la contaminación por mercurio en el agua y los peces, la deforestación acelerada, la pérdida de biodiversidad y las amenazas contra los defensores ambientales.

Este fallo, publicado en la Gaceta Oficial N.º 5697, es histórico. Por primera vez, la Comunidad Andina, integrada por Perú, Colombia, Ecuador y Bolivia, se pronuncia formalmente contra uno de sus Estados miembros por incumplir la Decisión 774 (Política Andina de Lucha contra la Minería Ilegal), la Decisión 844 (sobre el mercurio), la Decisión 728 (cooperación aduanera) y la Decisión 922 (acciones conjuntas contra la delincuencia organizada).

La SGCAN señala que el Perú debe reformar con urgencia su legislación, confiscar la maquinaria usada en minería ilegal y poner fin a las prórrogas del Registro Integral de Formalización Minera (REINFO). El país tiene veinte días hábiles para informar las medidas adoptadas. De no hacerlo, el caso podría pasar al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, con el riesgo de sanciones comerciales.

Minería ilegal está matando a comunidades del Nanay

Las comunidades denunciantes sostuvieron que la cuenca del río Nanay, en Loreto, “se ha consolidado como uno de los focos emergentes más preocupantes de minería ilegal en la Amazonía peruana”. Para respaldar su denuncia, presentaron imágenes satelitales de la Conservación Amazónica (ACCA) y FCDS-Perú, que durante el primer trimestre de 2024 detectaron unas 30 dragas activas, un incremento de más del 50 % respecto al año anterior.

El documento también advierte que esta actividad está degradando el ecosistema amazónico, provocando deforestación, pérdida de biodiversidad, contaminación con mercurio y mayores riesgos para quienes defienden el ambiente.

Comunidades del Nanay leyendo los análisis que confirman su alta exposición a mercurio. El 37 % de la población evaluada presentó niveles considerados de riesgo “alto”. (Foto: CINCIA)

“El consumo de agua contaminada con mercurio ha incrementado enfermedades neurológicas y malformaciones congénitas en poblaciones ribereñas”, señala el dictamen, citando estudios del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP).

El estudio del IIAP al que hacen referencia encontró que los niveles de mercurio en el agua y los sedimentos del río Nanay superan los valores establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para la protección de la salud humana. Según los reclamantes, este resultado es especialmente alarmante, ya que más de 25 mil personas de las comunidades ribereñas dependen del río Nanay para su consumo de agua y su alimentación diaria.

Además, las comunidades denunciaron que al menos quince defensores de la zona han solicitado garantías personales tras recibir amenazas por oponerse a esta actividad ilícita. También se subrayó que esta actividad está estrechamente vinculada al crimen organizado. El oro extraído de manera ilegal se ha convertido en una fuente de financiamiento para redes dedicadas al narcotráfico, la trata de personas, el contrabando de armas y la corrupción institucional.

El problema estructural del REINFO

Otro de los puntos más importantes del fallo tiene que ver con el Registro Integral de Formalización Minera, conocido como REINFO, un mecanismo que se creó originalmente con el fin de ayudar a los pequeños mineros a formalizarse. Sin embargo, en la práctica, según expertos y ahora también la SGCA, ha terminado siendo una forma de “protección de facto” para la minería ilegal. El dictamen señala que “las prórrogas sucesivas del REINFO constituyen una conducta proscrita”, porque permiten que sigan operando mineros sin control ambiental ni laboral.

El documento también cuestiona los cambios hechos a la Ley de Extinción de Dominio, que ahora dificultan la confiscación de maquinaria y bienes usados en minería ilegal si no hay una sentencia penal firme. Según el fallo, esta modificación “debilita las herramientas del Estado para desmantelar el poder económico de las organizaciones criminales”.

La respuesta del Estado peruano

El documento también detalla que durante el mes de septiembre, el Gobierno, a través del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), negó haber incumplido la normativa andina. Argumentó que las disposiciones cuestionadas son “de naturaleza programática y no prescriptiva”, es decir, orientaciones generales cuya aplicación depende de cada país. También sostuvo que el Perú cuenta con políticas y planes en marcha, como la Estrategia Nacional para la Reducción e Interdicción de la Minería Ilegal 2025-2030, aprobada por el Ministerio del Interior.

No obstante, la SGCAN consideró insuficientes las acciones estatales y concluyó que no se han implementado mecanismos de cooperación regional, control de maquinaria ni trazabilidad del mercurio.

Sobrevuelos detectaron más de 40 dragas mineras en los ríos Napo y Nanay, principales fuentes de agua para Iquitos. (Foto: FCDS-Perú)

Un precedente para la región

Conversamos con el abogado ambientalista César Ipenza, quien participó en la defensa del caso, y señaló que el dictamen representa un punto de inflexión.

“Esta decisión es inédita. Por primera vez la Secretaría General de la Comunidad Andina se ha manifestado a favor de la defensa de los pueblos y evidenciado que el Estado peruano ha incumplido sus obligaciones”, señaló.

Ipenza añadió que el pronunciamiento “abre las puertas para que los países cumplan y honren sus obligaciones asumidas en el marco del Sistema Andino de Integración”, recordando que las normas comunitarias “son de obligatorio cumplimiento y están por encima del marco jurídico nacional”.

Impacto y próximos pasos

El Perú tiene ahora el deber de ajustar sus leyes a lo dispuesto por la Comunidad Andina. Si no lo hace, el caso podría llegar al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, que puede imponer sanciones económicas o restricciones comerciales. El fallo también marca un precedente que podría aplicarse en otros países andinos con situaciones similares, impulsando la cooperación regional frente a la minería ilegal y el tráfico de mercurio.

Esta es una buena noticia para las comunidades del Nanay quienes esperan que esta decisión traiga un cambio real en la protección de sus ríos y su salud. El mismo dictamen lo señala, el problema no es solo ambiental, también es humano: «(…) poblaciones como las de la cuenca del río Nanay sufren, por ejemplo, del desplazamiento forzado de comunidades indígenas y amazónicas debido a la expansión de campamentos mineros ilegales. La actividad minera ilegal también ha generado serios problemas sobre la contaminación por mercurio en las aguas del río Nanay, que es una fuente crucial de agua potable para la ciudad de Iquitos».

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