Por: Daniel Bravo Dextre
Diario La Opinión Ica

Mediante Oficio N°000022-2020-P-PJ el presidente del Poder Judicial, José Luis Lecaros, remitió a la Junta Nacional de Justicia – JNJ el cuadro detallado de procesos de destitución de 83 magistrados de diversas Cortes Superiores de Justicia del país, dentro de ellos un juez de Ica.

Se trata del magistrado de primera instancia Fernando Vicente Fernández Tapia, quien el pasado 3 de octubre fuera suspendido por la OCMA como juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica, por haber liberado a un integrante de la temible banda «Sagrada Casta de Ica».

El pedido de destitución de Vicente Fernández está contenido en el Expediente de Investigación N° 1857-2016, referido a la cuestionada liberación de ese peligroso sujeto.

A raíz de esa inconducta, en noviembre del 2016 la Oficina de Control de la Magistratura – OCMA suspendió seis meses de manera preventiva a Fernández Tapia; pero, extrañamente, al término de esa suspensión retomó sus funciones.

En enero de 2019, dicho juez envío el cuaderno de levantamiento de inmunidad parlamentaria de la excongresista Betty Ananculi al presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, como parte del trámite para que llegue a ser enviado al Congreso.

Reglamento

El pasado 24 de enero la JNJ publicó el Reglamento de Procedimientos Disciplinarios que se aplicará para los jueces y fiscales, de todos los niveles, que sean cuestionados por cometer faltas y que sean pasibles de sanciones como la destitución, remoción o suspensión.

Así lo establece la Resolución N° 008-2020-JNJ, publicada en el diario oficial El Peruano, cuyo reglamento también será aplicable a los jefes de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público, así como a los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

De acuerdo con la norma, los procesos serán reservados y el contenido de la denuncia, la investigación preliminar y el procedimiento disciplinario en trámite solo serán accesibles para los miembros de la JNJ, la parte denunciada, la parte denunciante y los abogados de los mismos, además del secretario general de la JNJ y el personal de la Dirección de Procedimientos Disciplinarios.

  • “De constatarse que el administrado, contraviniendo el principio de buena fe procedimental, ha alterado o sustraído información del expediente disciplinario, se instruirá al Procurador Público para que inicie las medidas legales correspondientes”, se lee en el documento.

La resolución, además, señala que si el procedimiento disciplinario concluye que hay una presunción de delito cometido por jueces o fiscales supremos en el ejercicio de sus funciones, se enviará lo actuado a la Fiscalía de la Nación para que investigue el hecho. En caso de presunta infracción constitucional, la carpeta se entregará al Congreso de la República.

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