El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estableció los lineamientos para el otorgamiento del Aguinaldo por Fiestas Patrias cuyo monto fijado es de 300 soles, el cual se abonará, por única vez, en la planilla de pagos del mes de julio de 2020.

Según el Decreto Supremo 185-2020-EF publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, este beneficio alcanza a funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo 276, la Ley 29944 y la Ley 30512, docentes universitarios, personal de salud, obreros permanentes, miembros de las FF.AA y Polícia Nacional. 

Además, a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, los Decretos Leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley 28091.

De acuerdo a lo dispuesto el Decreto de Urgencia 014-2019, los trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, en el marco de la Ley 29849, perciben por concepto de Aguinaldo por Fiestas Patrias, que se incluye en la planilla de pagos correspondiente a julio

Fuente: Andina

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