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Abogado es sancionado por negarse a declarar su domicilio real para que no le notifiquen

Juzgado sanciona a abogado por negarse a declarar su domicilio real. Multa ratificada y comunicado al Colegio de Abogados de Ica por conducta obstruccionista.

Abogado es sancionado por negarse a declarar su domicilio real para que no le notifiquen - Perú
Abogado es sancionado por negarse a declarar su domicilio real para que no le notifiquen. (Composición: @lalupa.pe)

El Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Flagrancia de Ica impuso una sanción a un abogado que eludió reiteradamente la obligación de proporcionar su domicilio real, dificultando así la recepción de notificaciones judiciales. La actitud del letrado fue calificada como obstruccionista, lo que llevó a la imposición de multas económicas y medidas adicionales.

En el marco de un proceso penal, el juzgado había sancionado inicialmente con una Unidad de Referencia Procesal (URP) tanto al abogado como a su clienta. No obstante, ambos apelaron esta decisión. La notificación de la sanción fue enviada al domicilio registrado en su Documento Nacional de Identidad (DNI), pero la cédula fue devuelta por falta de referencias claras, según lo señalado en el expediente.

Ante esta situación, el juzgado emitió una resolución el 24 de julio de 2019, requiriendo al abogado que especificara su domicilio con mayor detalle, incluyendo un croquis. La notificación fue enviada el 1 de agosto a su casilla electrónica y el 6 de agosto a su domicilio procesal, sin que el abogado proporcionara la información requerida.

El 12 de septiembre de 2019, tras su reiterado incumplimiento, el juzgado dictó la Resolución 24, otorgándole un plazo de 24 horas para actualizar su domicilio real. Pese a ello, el abogado nuevamente ignoró el requerimiento, lo que llevó a nuevas medidas judiciales.

El 30 de septiembre de 2019, mediante la Resolución 25, se impuso una multa adicional de media URP, además de ordenar una búsqueda más exhaustiva de su domicilio, incluyendo referencias en Google Maps. Paralelamente, se notificó al Colegio de Abogados de Ica sobre su conducta, a fin de que tomaran las medidas pertinentes.

Finalmente, el 7 de enero de 2020, el juzgado declaró consentida la multa inicial de una URP e instruyó la formación del cuaderno de multa para su ejecución. También ratificó la sanción de media URP de la Resolución 25 y remitió el caso al juez ejecutor. Asimismo, se comunicó con el Colegio de Abogados de Lima Sur, donde el abogado estaba colegiado, para que evaluaran acciones administrativas en su contra.