El Congreso de la República aprobó anoche un texto sustitutorio de la ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del sector público y que elimina el régimen de Contratos Administrativos de Servicios (CAS).
Por 113 votos a favor, uno en contra y 7 abstenciones, la representación nacional dio luz verde al proyecto de ley sustentado por el presidente de la Comisión de Trabajo del Parlamento, Daniel Oseda (Frepap). Fue exonerada de segunda votación.
“Desde la entrada en vigencia de la presente ley hasta que se produzca la incorporación a que se refiere el artículo 1, los contratos administrativos de servicios son de carácter indefinido, motivo por el cual pueden ser despedidos solo por causa justa debidamente comprobada”, dice la norma.
El proyecto dispone que todo el personal que se encuentra laborando en este régimen pase a formar ahora de los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos 276 y 728.
Para ello, los trabajadores bajo el régimen CAS deben acreditar: realizar labores de carácter permanente; tener contrato administrativo de servicios CAS por 2 años de modo continuo o 3 años de modo discontinuo; y haber ingresado a la institución mediante concurso público o en su defecto, haber tenido la condición de servicios no personales y posterior contrato administrativo de servicios.
“El orden de prelación para la incorporación que se señala en la presente ley está en función de la antigüedad de contrato, edad, cuota de discapacitados e igualdad de género”, precisa la norma.
A partir de la entrada en vigencia de la ley, ninguna entidad del Estado podrá contratar personal a través del régimen especial CAS, “con excepción de aquellas contrataciones que se encontraran vigentes y que sean necesarias de renovar a efectos de no cortar el vínculo laboral de los trabajadores con vínculo vigente”.
Quedan exceptuados de los alcances de la ley, los trabajadores CAS que hayan sido contratados como CAS de confianza.
ANÁLISIS
La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) mostró su preocupación con la aprobación de esta norma. Detalló que se está generando un incremento automático del 25% del costo de la planilla estatal.
El gasto anual se incrementa de S/9.000 millones a S/11.530 millones.
Servir también indicó que esta norma atenta contra la meritocracia, dado que permite que “más de 300.000 personas entren sin concurso público y de manera indefinida a trabajar en el Estado”.
“Esto vulnera la Constitución. Esto se convertirá en una bomba de tiempo para la sostenibilidad del país y del próximo gobierno”, complementó la entidad.
Jorge Toyama, socio de Vinatea & Toyama, indicó que el régimen CAS tiene tanto lados positivos como negativos.
“Por un lado, el CAS permite atraer personal técnico óptimo, porque su estructura permite competir con el sector privado. Así ocurrió con la pandemia, por ejemplo. Pero también hay abusos, como que no se brinda estabilidad laboral en algunos casos, pues hay contratos que se renuevan cada mes y que se extienden por años”, refirió Toyama.
Germán Lora, socio de Damma Legal Advisors, consideró que el Congreso no debió eliminar este régimen.
“Si bien hay casos de abusos, no te puedes bajar la norma, sino legislar para que se fiscalice mejor en esos casos. El CAS tiene una serie de derechos”, acotó Lora.
En tanto, Pamela Navarro, directora y fundadora de Atalla Legal, dijo que el Estado sí tiene una deuda pendiente con este rubro, pero que no era el momento para aplicarlo. Agregó que el proceso de incorporación debe darse de manera ordenada.