La afluencia de personas a los centros comerciales se ha incrementado desde la semana anterior a propósito de la temporada navideña. Este sábado se reportó que El Quinde de Ica, superó su capacidad con respecto a su aforo.

La visita masiva a estos sitios ocurre pese a que estos establecimientos deben operar con un aforo menor -un 60% de lo permitido-, debido a la crisis sanitaria por el covid-19.

El día que existe un movimiento mayor es el sábado. En cuanto a los puntos con mayor concurrencia de compradores están en El Quinde, Plaza del Sol, Polvos Azules y Calle Amazonas. Asimismo en mercados.

Pese a los mensajes del gobierno peruano en la que se pide a la población evitar salir o salir a hacer compras evitando aglomeraciones, los ciudadanos siguen saliendo en horas de la noche a dichos centros comerciales.

Los aforos de la fase 4

La norma señala que esta ampliación se aplica para tiendas en general, es decir aquellas que están dentro de centros comerciales y también las de exteriores, como ferreterías, tiendas de ropa y otras de atención al público.

Otros cambios introducidos por la norma son el restablecimiento del aforo al 100% en los servicios de transporte marítimo de pasajeros, que incluye el transporte turístico nacional. En el decreto emitido en octubre, el número permitido de personas en este medio de transporte era del 50% y no se incluía el transporte turístico.

De igual manera, el aforo en los servicios de transporte de pasajeros por ríos y lagos se incrementa al 100%, tras haberse restringido al 50%. Asimismo, ahora se incluye el transporte con fines turísticos.

Mediante el decreto supremo, el Gobierno recuerda que todas estas actividades deberán respetar el distanciamiento social y uso de mascarillas.

En cines, teatros, gimnasios, casinos y tragamonedas con un aforo de hasta el 40% en espacios cerrados. La norma añade que el aforo podrá ser mayor si estas actividades se realizan en espacios abiertos. Así, por ejemplo, hasta el 60% en teatros.

Las actividades económicas autorizadas en el presente Decreto Supremo podrán iniciarse una vez que se cumplan las siguientes condiciones: 

1) Contar con el protocolo sanitario que haya obtenido opinión favorable del Ministerio de Salud

2) Adecuar la protección de salud de los trabajadores a lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 972-2020-MINSA, que aprueba el Documento Técnico denominado “Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo a la exposición a SARS-CoV-2”.
La norma recuerda que las actividades contenidas en todas las Fases de la Reanudación de Actividades, incluyendo las ampliaciones y modificaciones, son evaluadas periódicamente, teniendo en cuenta la evolución de las cifras epidemiológicas.

Asimismo, se debe tener en consideración adicionalmente lo siguiente:
1 Uso obligatorio de mascarilla para todas aquellas personas que ingresen a los locales.

2 Brindar facilidades, a través de estaciones de lavado de manos, para el ingreso a los locales.

3 Mantener el distanciamiento físico o corporal.

4 En cada una de las actividades autorizadas, la empresa, organización o entidad debe contar con una persona responsable de informar al Sector Salud, semanalmente, el cumplimiento del aforo, con calidad de declaración jurada.

Casinos y tragamonedas

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) informó que viene realizando algunas modificaciones al Protocolo Sanitario Sectorial ante el covid-19 para salas de juego, para su adecuación a la Resolución Ministerial N° 972 del Ministerio de Salud (Minsa). Esto se hará efectivo a través de una Resolución Ministerial que publicará Mincetur en breve.

En base al nuevo protocolo las empresas que operen salas de casinos y/o tragamonedas deberán diseñar un “Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo” y enviar dicho documento al correo electrónico empresa@minsa.gob.pe al inicio de sus actividades.

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