El distrito de Chavín en la provincia de Chincha, es el único distrito de la región Ica que someterá a un proceso de revocatoria mediante consulta popular tanto a su alcalde y regidores municipales.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) esta semana aprobó el padrón electoral que se utilizará para la realización de la consulta popular de revocatoria de mandato de autoridades municipales a realizarse en trece distritos de todo el país.

La consulta popular se llevará a cabo el domingo 10 de octubre de 2021, donde se verá si continuará o no el actual alcalde deChavín, Richard Solado De La Cruz. Conforme al padrón electoral son apenas 3,140 electores y una simple mayoría lo podrá remover.

Cabe indicar que el promotor de esta revocatoria fue presentada por el ciudadano Carlos Alberto Laura Pachas, quien reunió los requisitos correspondientes contra el alcalde y los regidores: Victoriano Pablo Chuquispuma Torres, Pedro Celso Vilcamiza Peve, Adolfo Silver Palomino De La Cruz, Laura Katherine Flores Castillon y Cipriano Justino Castillon Palomino.

La causal que conllevó a este proceso de revocatoria se debe al incumplimiento de promesas electorales y del plan de gobierno, la incapacidad en la gestión administrativa municipal, la falta de capacidad para hacer obras, la falta de rendición de cuentas; y, respecto de los regidores, la falta de fiscalización.

Padrón aprobado a nivel nacional

El padrón electoral fue aprobada por el JNE, acuerdo adoptado por el pleno de la entidad principal del sistema electoral, consta en la resolución 0752-2021, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

La consulta abarca a los distritos de La Libertad (Áncash), Justo Apu Sahuaraura, Cotabambas (Apurímac), Pillpinto (Cusco), Ñahuimpuquio (Huancavelica), San Buenaventura (Huánuco), Chavín (Ica), Huayucachi (Junín), Langa, Tauripampa (Lima), Lobitos (Piura), Cuturapi (Puno) y Sama (Tacna).

El padrón electoral definitivo para este proceso fue elaborado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), que lo envío al Jurado Nacional de Elecciones.

Esta entidad pondrá este documento a disposición de la Oficina Nacional de Procesos Elecotrales.

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