Una iniciativa legislativa fue presentada en el Congreso con la finalidad de derogar el decreto de urgencia Nº 038-2020, que regula la suspensión perfecta de labores, así como otras medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores por la covid-19.

El proyecto de ley 008/2021-C, presentado por la bancada de Juntos por el Perú a iniciativa de la congresista Sigrid Bazán, plantea esta derogación por considerar que carece de sentido mantener una medida especialmente gravosa para los trabajadores «cuando el contexto económico al que buscaba atender varió con el tiempo».

Señala también que en la práctica estas facilidades dadas por la administración pública, sumado al déficit de personal en la labor de fiscalización por parte de la Autoridad Inspectiva de Trabajo (AIT), «generó un enorme perjuicio principalmente en los trabajadores». 

«De hecho, muchas empresas han hecho un uso indiscriminado de esta medida al advertir la imposibilidad de la inspección de trabajo para darse abasto, dentro del plazo legal, para la revisión de innumerables suspensiones en trámite», advierte la propuesta.

A ello hay que sumarle -puntualiza el proyecto- la aplicación del silencio administrativo positivo, lo cual constituye una desprotección a los trabajadores, pues sería el simple transcurso del tiempo y no la debida verificación del fundamento de la suspensión perfecta de labores, la única causa que valide la adopción de la medida.

Según información del Ministerio Trabajo Promoción del Empleo hacia octubre del 2020 existían 37, 942 solicitudes de suspensión perfecta de labores, lo cual afecta a 295,753 trabajadores; es decir, el 8% de empleados registrados en la planilla electrónica.

Otro sustento del proyecto de ley es que guarda relación con el artículo 22 de la Constitución Política del Perú que señala «que el trabajo es un deber y un derecho, es base de bienestar social y un medio de realización de la persona». 

Además, la iniciativa de legislativa advierte que no supone gasto al Estado, por el contrario, beneficia la protección del empleo como factor de recuperación laboral y económica frente a la crisis por la pandemia de la covid-19.

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