Comunicado:
La Corte Superior de Justicia de Ica, frente a la noticia propalada por los diferentes medios de comunicación, a nivel local y nacional, que dan a conocer la sentencia absolutoria expedida por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio Zona Sur de Ica, en el Expediente N° 2822-2019, seguido por el delito de Violación Sexual; emite el siguiente pronunciamiento para conocimiento de la ciudadanía:
- RECHAZAR toda frase o razonamiento que emane de percepciones subjetivas, de sesgos o estereotipos, y en general toda frase que esté destinada a vulnerar la libertad, autoestima y dignidad de la mujer como persona humana.
- PRECISAR que la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ODECMA Ica, con arreglo a sus funciones y atribuciones, ha iniciado de oficio una investigación preliminar a fin de determinar la existencia de indicios que justifiquen el inicio de un proceso disciplinario contra los que resulten responsables.
- COMUNICAR que en dicho proceso penal se ha interpuesto el recurso de apelación correspondiente conforme a la norma procesal, y en tal sentido, será la Sala Penal de Apelaciones competente de esta Corte Superior, la que revise la referida sentencia absolutoria.
- RESALTAR, que las decisiones jurisdiccionales del Poder Judicial del Perú, se sustentan en el respeto estricto por la Constitución, la Ley, y los derechos fundamentales de las personas.
- REAFIRMAR que la función que cumplen los magistrados del Poder Judicial —de todas las instancias y especialidades— tiene como pilares la autonomía e independencia según lo establece la Constitución: en consecuencia, los cuestionamientos jurisdiccionales y/o disciplinarios de las decisiones de los jueces, deben ser atendidos por los órganos competentes y sobre la base de los procedimientos preestablecidos.
Ica. 02 de noviembre de 2020
Mg. Nelson Martín Pinedo Ob Presidente de la Corte Superior de Ica