El Ministerio de Salud (Minsa), prorrogó el estado de emergencia sanitaria a nivel nacional por la COVID-19 a partir del 7 de diciembre de 2020 por un plazo de noventa días calendario, es decir hasta el 6 de marzo 2021.
La ampliación de la medida fue establecida mediante el Decreto Supremo N° 031-2020-SA, publicado este viernes en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano a fin de continuar con las acciones de prevención, control y atención de salud para la protección de la población de todo el país.
La norma precisa que corresponde al Minsa, al Instituto Nacional de Salud y al Seguro Social de Salud – EsSalud, realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el “»Plan de Acción–Vigilancia, contención y atención de casos del nuevo COVID-19 en el Perú».
Además, se establece que durante la prórroga se continuará con la contratación de los bienes y servicios detallados en las listas de «Bienes o servicios requeridos para las actividades de la emergencia sanitaria COVID 19», contenidas en el Anexo II del Decreto Supremo N° 010-2020-SA, modificado por Decreto Supremo N° 011-2020-SA y N° 029-2020-SA.
El Decreto Supremo N° 031-2020-SA lleva la firma de la ministra de Salud, Pilar Mazzetti, el ministro de Trabajo, Javier Palacios; y el presidentev de la República Francisco Sagasti.