El Poder Ejecutivo publicó el Decreto Supremo 101-2020-PCM en El Peruano, que aprueba la Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas como parte de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por la pandemia del coronavirus.

Esta facilidad exceptúa a los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las provincias de Santa, Huarmey y Casma del departamento de Áncash.

Asimismo, la referida norma modifica el Decreto Supremo 080-2020-PCM.

Entre las actividades que reiniciarán actividades se encuentra la elaboración de malta y cerveza, vinos; fabricación de calzado; actividades de impresión; venta de vehículos, entre otros.

La implementación de la Fase 2 de la Reanudación de Actividades se inicia desde este 5 de junio.

La norma faculta también al Ministerio de la Producción para que durante la Fase 2 de la Reanudación de Actividades, previa coordinación con los gobiernos locales dentro de su ámbito de competencia territorial y los Sectores Interior, Defensa y Salud, mediante Resolución Ministerial disponga el inicio de actividades de los conglomerados productivos y/o comerciales a nivel nacional a puerta cerrada.

Podrán también vender sus productos y ofrecer sus servicios mediante comercio electrónico, pudiendo entregar sus productos a domicilio con logística propia o a través de terceros.

Para tal efecto las empresas, entidades, personas jurídicas o naturales que realizan sus actividades mediante conglomerados productivos y/o comerciales, deben cumplir con los protocolos y normas sanitarias.

Transporte interprovincial

También la norma dispone que las actividades de transporte interprovincial privada de pasajeros para las actividades comprendidas en la estrategia de reanudación de actividades, quedan exceptuadas de las restricciones de inmovilización social.

Obras públicas

La norma dispone también la reactivación de obras públicas y sus respectivos contratos de supervisión contratadas conforme al régimen general de contrataciones del Estado, paralizadas por la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional producida por el covid-19.

You May Also Like

Conoce el nuevo cronograma para quienes no se registraron en el retiro del 25 % de AFP

La Asociación de AFP lanzó un nuevo cronograma para los afiliados que no llegaron a registrarse a fin de solicitar el retiro de hasta el 25 % de su fondo de AFP.

CONVOCATORIA. Municipalidad Distrital de Rio Grande. Concurso Público de Méritos para la designación de Ejecutor y Auxiliar Coactivo

CONVOCATORIA. La Municipalidad Distrital de Rio Grande, mediante Resolución de Alcaldía N°…

ONP: Congreso aprobó la insistencia de la ley que permitirá el retiro de hasta S/4,300

El Congreso de la República aprobó la insistencia de la ley que permitirá el…