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Poder Judicial ordena conceder a mujer el deseo de acabar con su vida por enfermedad incurable

Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ordena al Ministerio de Salud y...

Poder Judicial ordena conceder a mujer el deseo de acabar con su vida por enfermedad incurable. (Comp:lalupa).
25/02/2021 12:42

Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ordena al Ministerio de Salud y a EsSalud respetar la decisión de Ana Estrada Ugarte, de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia.

Según la resolución que se ha dado a conocer este jueves, el juez constitucional Jorge Luis Ramírez Niño de Guzmán declaró “fundada en parte” la demanda que entabló Estrada Ugarte contra el Ministerio de Justicia, Minsa y EsSalud, y ordenó que en este caso se inaplique el Artículo 112 del Código Penal, que sanciona el llamado homicidio piadoso, para que no puedan ser procesados los que la asistan a la psicóloga en el proceso.

“Se ordene al Ministerio de Salud y a EsSalud, a) respetar la decisión de doña Ana Estrada Ugarte, de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia; mediante la acción de un médico de suministrar de manera directa (oral o intravenosa), un fármaco destinado a poner fin a su vida, u otra intervención médica destinada a tal fin;”, señala la resolución.

“b) Ambas instituciones independientemente, deberán conformar sendas Comisiones Médicas interdisciplinarias, con reserva de la identidad de los médicos y con respeto de su objeción de conciencia, si fuere el caso, en un plazo de 07 días; precisándose que; EsSalud deberá formar dos Comisiones, siendo que la primera tendrá la finalidad de elaborar un plan que especifique los aspectos asistenciales y técnicos de la decisión tomada y un protocolo de cumplimiento de su derecho a la muerte digna y otra Comisión que cumpla con practicar la eutanasia propiamente dicha. El Ministerio de Salud formará una Comisión para que apruebe el plan que especifique los aspectos asistenciales y técnicos, elaborados por la Comisión de EsSalud”, indica el documento.

“EsSalud deberá brindar todas las condiciones administrativas, prestacionales y sanitarias para el ejercicio del derecho a la muerte en condiciones dignas de la Sra. Ana Estrada Ugarte a través del procedimiento de la eutanasia, lo que deberá ejecutarse dentro de los diez días hábiles contados a partir del momento o fecha en que ella manifieste su voluntad de poner fin a su vida”, indica la resolución.

Por una muerte digna

Ana Estrada padece de polimiositis, una enfermedad incurable y degenerativa que deteriora progresivamente sus capacidades motoras paralizándole casi todos los músculos del cuerpo.

A inicios de enero, la Defensoría del Pueblo sustentó la acción de amparo a favor de Estrada Ugarte, a fin de que el Estado peruano reconozca su derecho a una muerte en condiciones dignas.

“Para la Defensoría existe el derecho a tener una muerte digna, esto tiene que ver con el derecho a la vida”, señaló.

Temas: Ana Estrada Eutanasia Poder Judicial

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