Nuevo abogado de Carlos Ramos pide al JNE tachar 31 pruebas inservibles contra vacancia

El expediente N° 00141 del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que contiene el proceso de vacancia contra el...

El expediente N° 00141 del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que contiene el proceso de vacancia contra el alcalde de Ica, Carlos Ramos Loayza, sigue en pie. Pese a que el pleno del concejo provincial ya aprobó la vacancia, es el órgano electoral que se hace esperar para dar su resolución final.

Carlos Ramos optó por contratar una defensa con alto salario económico para su defensa, se trata del abogado Julio César Castiglioni Ghiglino, quien apenas tomó el caso solicitó el desglose del acuerdo de concejo que aprueba la vacancia y también arremetió contra los documentos que respaldarían la causal.

Castiglioni presentó la tacha de hasta 31 documentos, que fueron presentadas por el vacador Julio Cesar Flores Camargo, mediante su abogado Fernándo Ballon Landa Córdova, como evidencias que probarían la causal de vacancia del alcalde por presuntamente haber favorecido el alquiler del Campo Ferial a un (amigo) trabajador municipal.

Leer también: Senamhi reporta temperaturas extremas en la costa peruana por fenómeno El Niño Costero

Entre las supuesta evidencias que deben ser desestimadas o tachadas según la defensa del alcalde se encuentran: un video de Tony Rosado saludando a Carlos Ramos, estados de Facebook del trabajador municipal Pablo Enrique Pisconti Flores y escaneos de otros documentos borrosos.

De acuerdo a la petición de vacancia, el alcalde autorizó el alquiler del Campo Ferial al trabajador municipal permanente Pablo Enrique Piscoti Flores, sin embargo Castiglioni sostuvo que legalmente fue Pablo Rolando Lagos Quintanilla, es el titular del evento. «Una tercera persona» sostuvo.

Es decir que por más que se demuestre que existe un vinculo de amistad cercana o laboral entre el alcalde Pisconti Flores, es Pablo Lagos Quintanilla quien es el titular de la solicitud, tramite, pago y responsable del evento. Por lo que la vacancia no debería proceder.

«Vengo a tachar los siguientes documentos los cuales no demuestran nada que los dos eventos que se me atribuyen como causal de vacancia, estén dentro de los alcances establecidos en el numeral 9 del artículo 22° concordante con el artículo 63 de la Ley Orgánica de Municipalidades» dijo Castiglioni en su solicitud.

La defensa del vacador Julio Cesar Flores Camargo, pidió reconsideración de los documentos presentados de acuerdo a Ley, sin embargo la respuesta está en manos del tribunal del JNE que deberá pronunciarse en los próximos días.

Temas:

0 Comentarios