El Jurado Electoral Especial (JEE) de Ica, desestimó la intención de Tacha interpuesta por el ciudadano Armando Uribe Miranda, contra Mónica Guillén Tuanama, postulada al cargo de Congresista de la República por la organización política “Avanza País –Partido de Integración Social”, en el marco de las Elecciones Generales 2021.

El JEE ha considerado que corresponde declarar infundada la tacha interpuesta por Armando Uribe Miranda, por cuanto sus fundamentos no se ajustan a la realidad y por no haberse verificado la infracción de los requisitos de candidatura previstos en la Ley Orgánica de Elecciones o en la Ley de Organizaciones Políticas.

De acuerdo a la resolución N°00013-2021-JEE-ICA0/JNE, el tachador argumentó que Mónica Guillén, había mentido en su hoja de vida respecto a la empresa JLJ Contratistas EIRL propiedad de su esposo el gobernador de Ica, Javier Gallegos, donde supuestamente ella debía aparecer como titular.

Hecho fue desvalorizado por el colegiado del JEE, debido a que el tachador Uribe Miranda, desconocía el significado del término EIRL, ya que significa Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, lo cual indica que solo una persona (Gallegos Barrientos) es el titular.

Otro de los puntos que argumentó el tachador es que Mónica Guillén, declaró que era gerente de JLJ Contratistas desde el 2012 de acuerdo a una constancia emitida por el titular, sin embargo lo real es que era gerente general desde el 2011, sin embargo es considerado un error numérico que no impide su inscripción al ser considerada anotaciones marginales dentro de los reglamentos electorales.

Uribe Miranda también argumentó que Mónica Guillén no había presentes el permiso del partido político al cual pertenece que es «Obras por la Modernidad». Al respecto el JEE, le aclaró que Obras por la Modernidad no es un partido sino un «Movimiento Regional» y no necesita permiso alguno conforme a los requisitos electorales, pese a que la candidata si lo presentó.

Así otros temas el JEE aclaró punto por punto al tachante Armando Uribe Miranda, porqué la candidata a la cual pretendía sacar de las juntas electorales, si está dentro de lo legal para participar con derecho a elegir y ser elegida.

Resolución N°00013-2021-JEE-ICA0/JNE
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