Ica

Indecopi multa con S/4.9 millones a agencias de Ica por muerte de turista en accidente con tubular en Huacachina

Indecopi responsabilizó a dos empresas turísticas por exponer a pasajeros a condiciones inseguras durante un paseo que terminó con una extranjera fallecida.

Multan con S/4.9 millones a agencias por muertes en accidente con tubulares de Huacachina
Indecopi multa con S/4.9 millones a agencias de Ica por muerte de turista en accidente con tubular en Huacachina. (Composición: lalupa).
21/07/2026 08:34

Resumen con IA

Esto es un resumen mediante inteligencia artificial. Aunque busca reflejar la idea principal, algunos detalles del artículo original pueden no estar incluidos.

Indecopi sancionó con una multa total de 900 UIT, equivalente a S/4 millones 950 mil, a dos agencias de turismo de Ica por incumplir el deber de seguridad durante un paseo en vehículos tubulares en las dunas de Huacachina, accidente que causó la muerte de una turista extranjera.

La medida fue impuesta en primera instancia administrativa contra Aventura Sin Fronteras E.I.R.L. y Lima Experience S.A.C., según informó la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Ica. Cada empresa recibió una sanción de 450 UIT, el máximo permitido en protección al consumidor.

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Paseos de tubulares en Huacachina sin seguridad

La investigación determinó que Aventura Sin Fronteras permitió ejecutar el recorrido en un vehículo sin condiciones idóneas de seguridad. La unidad se encontraba estacionada sobre una superficie arenosa con pendiente, comenzó a desplazarse sin control y provocó el accidente mortal ocurrido en mayo de 2025.

En el caso de Lima Experience, Indecopi concluyó que comercializó el paquete turístico sin verificar las condiciones ofrecidas por el operador contratado. La Comisión precisó que subcontratar el servicio no liberaba a la empresa de su responsabilidad directa frente a los consumidores que adquirieron el paseo.

Riesgo al turista consumido

Ambas agencias fueron responsabilizadas por exponer a los pasajeros a un riesgo injustificado, vulnerando el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Además, deberán abstenerse de ofrecer recorridos en tubulares mientras no garanticen medidas adecuadas de seguridad, supervisión y control.

La resolución todavía puede ser apelada ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, segunda y última instancia administrativa. La medida correctiva entrará plenamente en vigor cuando el pronunciamiento quede firme, obligando a las empresas a prevenir nuevos riesgos durante sus actividades turísticas en Huacachina.

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