TC anula condena de 10 años a sujeto acusado de actos contra el pudor porque le notificaron mal
El Tribunal Constitucional anuló la firmeza de una condena de 10 años al comprobar que el juzgado notificó la sentencia en un domicilio equivocado. El sentenciado está recluido en el penal de Cachiche, en Ica.

El Tribunal Constitucional (TC) anuló la resolución que dejó firme una condena de 10 años de prisión contra un hombre acusado de actos contra el pudor en agravio de una menor, al determinar que el juzgado que llevaba el caso notificó la sentencia en un domicilio equivocado, vulnerando su derecho a la defensa.
La decisión fue emitida en la Sentencia 321/2026 del expediente N.° 01649-2024-PHC/TC, donde los magistrados concluyeron que el condenado no fue notificado correctamente, lo que impidió que pudiera apelar la sentencia dictada en su contra.
Error en la notificación judicial
El caso se remonta a un proceso iniciado en 2013, cuando se abrió investigación contra P. Rondón P. por el delito de actos contra el pudor en menores. Posteriormente, el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Ate (Lima Este) programó la lectura de sentencia.
Sin embargo, antes de la decisión judicial, la defensa del acusado informó formalmente al juzgado que el procesado ya no residía en el domicilio registrado en Chosica, adjuntando documentos con su nueva dirección.
Pese a ello, el juzgado envió la notificación al domicilio antiguo, y posteriormente declaró la sentencia como “consentida”, es decir, como si el condenado hubiera renunciado a presentar una apelación.
Fue capturado y enviado al penal de Ica
Con la sentencia considerada firme, se emitió una orden de captura y Rondón fue detenido e internado en el Establecimiento Penitenciario de Ica, conocido como penal de Cachiche.
Desde ese lugar, su defensa presentó en 2023 una demanda de hábeas corpus ante la Corte Superior de Justicia de Ica, argumentando que el condenado nunca fue notificado correctamente y que por lo tanto no tuvo oportunidad de impugnar la sentencia.
Tribunal Constitucional declara nulidad
Tras analizar el caso, el Tribunal Constitucional determinó que sí existió una vulneración al derecho a la pluralidad de instancia, debido a que el juzgado tenía conocimiento de la nueva dirección del acusado y aun así no realizó una notificación válida.
Por ello, el TC declaró nula la resolución que daba por consentida la condena de 10 años y ordenó que el juzgado de origen realice una nueva notificación formal de la sentencia directamente en el penal de Cachiche.
La decisión del TC no implica la absolución del condenado, sino que el proceso vuelve a una etapa previa. Una vez que se le notifique correctamente la sentencia en el penal, se abrirá nuevamente el plazo legal para que pueda presentar una apelación y solicitar que una instancia superior revise el caso. El hombre, preso desde hace unos cuatro años en el penal de Cachiche en Ica, dejó de ser un condenado con sentencia firme y ahora podrá apelar el fallo. El tiempo que ya pasó en prisión se descontará si la pena cambia.
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