CTS: Próximo mes se pagará, ¿qué debo saber de este beneficio?
Las empresas tienen plazo hasta el próximo 15 de noviembre para pagar la Compensación por tiempo de Servicios (CTS), según lo establecido en el Decreto Supremo N° 001-97-TR. Este beneficio laboral es recibido…
Las empresas tienen plazo hasta el próximo 15 de noviembre para pagar la Compensación por tiempo de Servicios (CTS), según lo establecido en el Decreto Supremo N° 001-97-TR.
Este beneficio laboral es recibido por todos los trabajadores formales de empresas privadas con una jornada mínima de 4 horas.
Ante este próximo depósito, ¿qué debemos saber sobre la CTS?
La abogada laboralista del estudio Payet, Cristina Oviedo, explica que la CTS es un beneficio que se paga semestralmente en mayo y noviembre de cada año.
Cada depósito que se hace equivale a aproximadamente a medio sueldo, esto aplica si laboraste en el periodo mayo a octubre del 2021.
Por ejemplo: Si el trabajador ha laborado en el período semestral completo (de mayo a octubre) su CTS a depositar será el 50% del sueldo de octubre de 2020 más un sexto de la gratificación recibida en julio de 2020. Por ejemplo, si el sueldo de octubre fue de S/ 3,000 y el sexto de la gratificación de julio fue S/ 500 = S/ 3,500, el 50% a depositar será S/ 1,750.
«Dentro de los cinco días hábiles de efectuado el depósito de la CTS, los empleadores deberán generar la liquidación de esta a cada trabajador», indica la especialista.
Ten en cuenta que actualmente, con la ley N° 31171, los trabajadores pueden retirar el 100% de su cuenta de CTS. Esto será posible solo hasta el 31 de diciembre del 2021.
¿Qué pasa si la empresa no deposita?
En caso el empleador no haga el pago de la CTS estaría incurriendo en una infracción, que puede ir de leve a grave.
«Una infracción leve es no entregar la liquidación de CTS a los trabajadores, que de ser advertida por los inspectores de trabajo podría dar lugar a la imposición de una multa de 15.52 UIT, lo que equivale a S/ 68,288», precisó.
El hecho de no hacer ningún depósito de CTS a sus trabajadores implicaría una infracción grave, la cual derivaría en una multa de 26.12 UIT, equivalente a S/ 114,928.